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El próximo 18 de febrero se celebrará la consulta ciudadana para la designación de los alcaldes de barrio de las aldeas

El Ayuntamiento de Priego de Córdoba ha anunciado la convocatoria del proceso para la elección de los alcaldes de barrio en todas las aldeas y diseminados del municipio, tras la firma del Decreto Municipal basado en el nuevo reglamento de elección de Alcaldes Pedáneos que fue aprobado en la sesión del Pleno del 26 de octubre de 2023.
El plazo de presentación de las candidaturas se abría ayer jueves, 4 de enero; mientras que la consulta popular se celebrará el 18 de febrero de 2024. Los resultados reflejarán la elección del próximo alcalde de barrio mediante el voto a los candidatos que hayan obtenido el respaldo previo.
La figura de alcalde/sa de barrio, adaptada a la singularidad de Priego de Córdoba, abarca diversos núcleos de población, tanto la Entidad Local Autónoma (ELA), como aldeas y diseminados. Priego cuenta con Aldea La Concepción, Azores, Camponubes, El Cañuelo, El Castellar, El Esparragal, Genilla, Las Higueras, Las Lagunillas, Las Navas, Navasequilla, Las Paredejas, El Poleo, La Poyata, El Salado, El Solvito, El Tarajal, Los Villares, Zagrilla y Zamoranos. Viviendo en este tipo de núcleos un total de 3,733 prieguenses. La ELA de Castil de Campos (cuyo alcalde no se elige en este proceso) se presenta como la de mayor población con 625 habitantes, seguida de la aldea de Las Lagunillas con 475 habitantes; y la aldea de Las Higueras con 26 habitantes como la de menor población.
La elección de los alcaldes de barrio a través del nuevo proceso supone un doble proceso democrático: la obtención de un aval y la votación en urna, que será a través de papeleta abierta, pudiendo votar a varios candidatos. Los candidatos que deseen participar en la consulta popular deben ser vecinos mayores de edad y residentes habituales en el propio núcleo o diseminado en el que ejerza sus funciones, con una antigüedad en su empadronamiento no inferior a un mes. Además, deben presentar un aval respaldado por el 10% de la población de cada aldea o diseminado. Este aval, que es un documento proporcionado por el Ayuntamiento, debe ser entregado antes del 25 de enero de 2024.
Según ha indicado el alcalde de Priego, Juan Ramón Valdivia: “pese a que la ley habilita al alcalde o alcaldesa al nombramiento de sus representantes en las aldeas sin obligación alguna de proceso democrático, ha sido voluntad de este Equipo el consultar a los vecinos de las aldeas que serán quienes determinen quién será nombrado finalmente”. Valdivia ha destacado, en pro de la ciudadanía que vive en las aldeas, que la figura del alcalde pedáneo es “parte del equipo de gobierno”, por lo que su actitud debe ser “proactiva, positiva y voluntariosa; en caso contrario, éste será removido de su puesto y sustituido por una vecino con ganas de fortalecer los lazos entre el Ayuntamiento y la aldea”.
Una vez elegidos, los alcaldes pedáneos asumirán diversas competencias como la representación ordinaria de la Alcaldía en sus aldeas y diseminados, la presidencia de asambleas de vecinos, la comunicación de decisiones municipales a la comunidad, y la supervisión de la conservación y buen uso de los bienes municipales.

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